Contrato de tratamiento de residuos: qué es, qué debe incluir y quién lo firma

Contrato de tratamiento de residuos sobre un portapapeles junto a bidones.

El contrato de tratamiento de residuos es el acuerdo previo entre quien entrega los residuos y el gestor de la instalación de destino. Fija qué residuos se trasladan, en qué condiciones se aceptan y qué ocurre si el gestor los rechaza. Su contenido mínimo lo establece el artículo 5 del Real Decreto 553/2020.

Si tu empresa genera residuos y los entrega a un gestor, este documento es el punto de partida de toda la cadena documental: el documento de identificación de cada traslado se rellena, según el propio real decreto, «de acuerdo con las previsiones del contrato de tratamiento». Por eso conviene saber qué debe recoger antes de firmarlo, y no después de una inspección.

¿Qué es el contrato de tratamiento de residuos y qué norma lo regula?

El contrato de tratamiento se regula en el Real Decreto 553/2020, de 2 de junio, que ordena el traslado de residuos dentro del territorio del Estado, y se enmarca en la Ley 7/2022 de residuos y suelos contaminados. Aunque es un acuerdo entre dos partes, no es un documento de redacción libre: el artículo 5 enumera los aspectos que debe contener, y ese artículo está incluido en el capítulo de requisitos comunes a todos los traslados.

Hay un matiz que conviene conocer. Cuando un productor comunica su actividad a la administración y todavía no dispone del contrato, la Ley 7/2022 admite que presente una declaración responsable comprometiéndose a firmarlo con el gestor de la instalación de tratamiento. Es una previsión para esa comunicación concreta; para trasladar residuos, el documento de identificación se rellena conforme al contrato.

Qué debe incluir el contrato de tratamiento según el artículo 5

El artículo 5 del Real Decreto 553/2020 establece ocho aspectos. Un contrato que no los recoja todos es un contrato incompleto:

  1. Instalación de origen y de destino: dónde se generan los residuos y en qué planta se van a tratar. Identificar bien ambos centros evita discrepancias con el documento de identificación.
  2. Cantidad de residuos a trasladar: una estimación en kilos o toneladas, por traslado o al año.
  3. Código LER: la identificación de cada residuo con su código de la Lista Europea de Residuos, de seis dígitos y con asterisco cuando es peligroso.
  4. Periodicidad estimada de los traslados: cada cuánto se prevé retirar los residuos.
  5. Tratamiento previsto: la operación a la que se someterán los residuos, ya sea de valorización (códigos R) o de eliminación (códigos D).
  6. Cualquier otra información relevante para el adecuado tratamiento, como los requisitos de envasado o etiquetado si el gestor los exige.
  7. Condiciones de aceptación: qué debe cumplir el residuo para que la planta lo admita.
  8. Obligaciones ante el rechazo: qué hacen las partes si el destinatario rechaza los residuos. El real decreto menciona dos salidas, la devolución al origen o el traslado a otra planta de tratamiento.

Ejemplo orientativo de cláusulas: modelo de contrato de tratamiento de residuos

Lo que sigue es un ejemplo de redacción elaborado a partir de los ocho puntos del artículo 5. No es un modelo oficial ni sustituye a la revisión del contrato concreto, pero puedes usarlo como plantilla de partida: los datos entre corchetes deben completarse según cada caso, y las cláusulas pueden ampliarse.

  1. Partes e instalaciones. «[Razón social y NIF del operador] entrega y [razón social y NIF del gestor] recibe los residuos descritos en este contrato, desde la instalación de origen situada en [dirección] hasta la instalación de destino situada en [dirección y datos de su autorización].»
  2. Residuos. «Residuo: [denominación]. Código LER: [código de seis dígitos]. Cantidad estimada: [kilos o toneladas] [por traslado / al año].»
  3. Periodicidad. «Los traslados se estiman con una periodicidad [semanal / mensual / puntual].»
  4. Tratamiento. «El gestor someterá los residuos a la operación [código R o D y descripción].»
  5. Condiciones de aceptación. «El gestor aceptará los residuos que se correspondan con el código LER y la descripción indicados y que se entreguen [condiciones de envasado, etiquetado u otras]. La aceptación o el rechazo constará en el documento de identificación.»
  6. Rechazo. «Si los residuos no se ajustan a lo pactado, el gestor podrá rechazarlos y las partes procederán a [devolverlos a la instalación de origen / trasladarlos a otra planta de tratamiento]. Los costes serán asumidos por [parte].»
  7. Otra información relevante. «[Indicaciones adicionales necesarias para el tratamiento adecuado.]»
  8. Duración. «El contrato tendrá una duración de [plazo] desde [fecha].» El artículo 5 no incluye este punto, pero conviene que figure para saber hasta cuándo es aplicable.

Contrato de tratamiento, documento de identificación y notificación previa: en qué se diferencian

Son tres documentos distintos que se suceden en el tiempo. El contrato se acuerda antes de empezar a trasladar, la notificación previa se presenta cuando el traslado la exige y el documento de identificación acompaña cada traslado:

Documento Cuándo Para qué sirve
Contrato de tratamiento Antes de empezar a trasladar Acordar con el gestor de destino los residuos, las condiciones de aceptación y qué pasa si los rechaza
Notificación previa de traslado Al menos diez días antes del traslado, en los casos que la exigen Informar a la comunidad autónoma de origen del traslado previsto
Documento de identificación Antes de iniciar cada traslado Acompañar el traslado e identificar los residuos; el gestor lo devuelve completado con la fecha de aceptación o rechazo

El contenido del documento de identificación depende de si el traslado requiere notificación previa: sigue el anexo I si la requiere y el anexo III si no. El gestor dispone como máximo de treinta días desde la entrega para devolver al operador el documento completo, y tanto el operador como los gestores que intervienen deben conservar al menos tres años una copia firmada por el destinatario en su archivo cronológico.

¿Quién firma el contrato de tratamiento de residuos?

Lo acuerdan el operador del traslado, que es quien entrega los residuos, y el gestor de la instalación de destino que va a tratarlos. Es habitual que sea el gestor quien proponga el documento, pero quien entrega los residuos debe comprobar que incluye los ocho puntos del artículo 5.

También conviene verificar que el destinatario es un gestor autorizado para el código LER concreto que se va a entregar: si su autorización no cubre ese residuo, un contrato bien redactado no soluciona el problema.

Sanciones por incumplir las obligaciones del traslado

El artículo 108 de la Ley 7/2022 tipifica como infracción el traslado de residuos sin cumplir las obligaciones de la ley y su desarrollo reglamentario, o de forma que no se corresponda con la información de la notificación previa o del documento de identificación. El artículo 109 fija las multas según la gravedad:

  • Infracciones graves: de 2.001 a 100.000 euros, y de 20.001 a 600.000 euros si se trata de residuos peligrosos o suelos contaminados.
  • Infracciones muy graves: de 100.001 a 3.500.000 euros, y de 600.001 a 3.500.000 euros si se trata de residuos peligrosos o suelos contaminados.

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Preguntas frecuentes

¿Es obligatorio el contrato de tratamiento de residuos?

Sí. El artículo 5 del Real Decreto 553/2020 forma parte del capítulo de requisitos comunes a todos los traslados de residuos, y el documento de identificación de cada traslado se cumplimenta conforme a las previsiones del contrato de tratamiento.

¿Cuánto dura un contrato de tratamiento de residuos?

El artículo 5 no incluye la duración entre los aspectos obligatorios, así que la pactan las partes. Conviene que el contrato indique el plazo y que contemple qué ocurre si cambia la autorización de la planta de destino.

¿Cuánto tiempo hay que conservar el contrato y la documentación del traslado?

El real decreto exige conservar al menos tres años una copia del documento de identificación firmada por el destinatario. Lo prudente es archivar el contrato junto a esos documentos mientras esté vigente y durante ese mismo periodo después.

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