Etiquetado de residuos peligrosos: qué datos debe llevar la etiqueta y cómo rellenarla

Etiqueta de residuo peligroso con pictogramas en un bidón azul de almacén.

La etiqueta de un residuo peligroso debe ser clara, visible, legible e indeleble, estar al menos en castellano y medir como mínimo 10 × 10 cm. Según el artículo 21 de la Ley 7/2022, incluye el código LER y las características de peligrosidad, los datos del productor con su NIMA, la fecha de inicio del depósito y los pictogramas.

Es el dato que identifica el residuo mientras está almacenado en tu empresa y el que permite reconocerlo en cada operación posterior. Una etiqueta incompleta, pequeña o mal colocada es uno de los fallos más sencillos de evitar y, a la vez, de los más fáciles de detectar en una inspección.

¿Qué es el etiquetado de residuos peligrosos y quién está obligado a hacerlo?

El etiquetado de residuos peligrosos es la identificación de cada recipiente o envase que contiene un residuo peligroso, con los datos que fija la ley. La obligación recae en el productor inicial u otro poseedor de los residuos, y se aplica mientras estos permanecen en el lugar de producción. Está recogida en el artículo 21 de la Ley 7/2022 de residuos y suelos contaminados, junto con las obligaciones de almacenamiento, mezcla y envasado.

Afecta a cualquier actividad que genere residuos peligrosos, como los talleres mecánicos, los laboratorios o las empresas industriales. El envase, además, debe cumplir lo dispuesto en el artículo 35 del Reglamento CLP: el etiquetado y el envasado van de la mano.

Qué datos debe llevar la etiqueta según la Ley 7/2022

El artículo 21.e de la Ley 7/2022 establece cinco contenidos obligatorios:

Dato Qué debe figurar
Código y descripción del residuo El código de la Lista Europea de Residuos (LER) y su descripción
Características de peligrosidad El código y la descripción de cada característica (códigos HP del anexo I)
Datos del productor o poseedor Nombre, NIMA, dirección postal y electrónica, y teléfono
Fecha de inicio del depósito El día en que se empieza a depositar el residuo en el envase
Pictogramas de peligro Los que correspondan según el Reglamento CLP

Tamaño, idioma y colocación de la etiqueta

Además del contenido, la ley fija cómo debe ser la etiqueta y cómo se coloca:

  • Tamaño: como mínimo, 10 × 10 cm.
  • Idioma: al menos en castellano, la lengua española oficial del Estado.
  • Legibilidad: clara, visible, legible e indeleble.
  • Fijación: firmemente fijada sobre el envase.
  • Etiquetas anteriores: si el envase ya llevaba indicaciones o etiquetas previas, deben anularse cuando sea necesario, para que no induzcan a error sobre el origen y el contenido.
  • Excepción: no hace falta una etiqueta cuando el envase ya tiene marcadas de forma clara las inscripciones exigidas.

Pictogramas de peligro y códigos HP: cómo elegirlos

Los pictogramas son los del Reglamento CLP y dependen de las características de peligrosidad (HP) que se le hayan asignado al residuo. Si a un residuo le corresponde más de un pictograma, se aplican los criterios del artículo 26 del Reglamento CLP y la etiqueta debe mostrar todos los que resulten de esa aplicación.

La tabla de pictogramas del MITECO relaciona cada característica con su pictograma. En resumen:

Característica Pictograma CLP
HP1 Explosivo GHS01
HP3 Inflamable GHS02
HP2 Comburente GHS03
HP4 Irritante y HP8 Corrosivo GHS05 (corrosión) o GHS07, según la categoría
HP6 Toxicidad aguda GHS06 o GHS07, según la categoría
HP5 Toxicidad específica, HP7 Carcinógeno, HP10 Tóxico para la reproducción y HP11 Mutágeno GHS08 (y GHS07 en algunos casos de HP5)
HP14 Ecotóxico GHS09
HP9 Infeccioso El que fije la normativa autonómica para residuos sanitarios infecciosos
HP12 y HP15 Sin pictograma

Los códigos HP de tu residuo no se eligen a ojo: salen de su clasificación, y la peligrosidad que cuenta es la del residuo, no la del producto original.

Ejemplo de etiqueta de residuo peligroso rellenada

Este es un ejemplo ilustrativo de una etiqueta con los datos que exige el artículo 21. Los datos del productor y la fecha son inventados, y los códigos HP y los pictogramas dependen siempre de la clasificación real del residuo.

Residuo Disolvente no halogenado usado
Código LER 14 06 03* Otros disolventes y mezclas de disolventes
Características de peligrosidad HP3 Inflamable, HP5 Toxicidad específica
Productor Taller Ejemplo, S.L.
NIMA 0000000000
Dirección Calle Ejemplo, 1, Valencia. info@tallerejemplo.es
Teléfono 960 000 000
Fecha de inicio del depósito 05/10/2026
Pictogramas GHS02 (llama) y GHS08 (peligro para la salud)

El modelo de etiqueta que publica el MITECO es más sencillo: recoge el residuo, el código LER, los códigos HP, los datos básicos del productor, la fecha de envasado y los pictogramas, pero no incluye el NIMA ni la dirección electrónica que hoy cita la ley.

Etiqueta de residuo, etiqueta CLP y etiqueta ADR: en qué se diferencian

Es habitual confundir tres etiquetas que identifican cosas distintas:

Etiqueta Qué identifica Norma
Etiqueta del residuo El residuo que contiene el recipiente: LER, HP, productor y fecha Artículo 21 de la Ley 7/2022
Etiqueta CLP del producto La sustancia o mezcla original, con la que se vendió Reglamento CLP
Etiquetado ADR La mercancía peligrosa durante el transporte por carretera ADR

Cuando un envase de producto químico se vacía y pasa a ser residuo, su etiqueta original deja de describir lo que contiene; esa situación la tratamos en la guía sobre envases contaminados. Y si el residuo se transporta y tiene la consideración de mercancía peligrosa, el traslado se rige por la legislación de transporte de mercancías peligrosas, es decir, por el ADR, con su propio etiquetado.

Fecha de inicio del depósito y plazo de seis meses

La fecha de la etiqueta no es un detalle formal: marca el plazo máximo de almacenamiento. En el caso de los residuos peligrosos, la duración máxima en el lugar de producción es de seis meses, contados desde que se inicia el depósito. La comunidad autónoma puede ampliarla como máximo otros seis meses en supuestos excepcionales y por causas justificadas.

La fecha de inicio debe constar tanto en la etiqueta como en el archivo cronológico. Los requisitos del espacio donde se almacenan los envases los explicamos en el artículo sobre cómo almacenar residuos peligrosos.

Errores frecuentes al etiquetar residuos peligrosos

  • Una etiqueta de menos de 10 × 10 cm o que no se lee bien con el tiempo.
  • No poner la fecha de inicio del depósito o ponerla cuando se cierra el envase en lugar de cuando se empieza a llenar.
  • Omitir el NIMA u otros datos del productor.
  • Reutilizar un envase sin anular las etiquetas anteriores, de modo que el contenido real no coincide con lo que indica el envase.
  • Copiar el pictograma del producto original en lugar de asignar los del residuo.
  • Una etiqueta mal fijada que se despega durante el almacenamiento.

Si tienes dudas sobre cómo preparar tus residuos peligrosos para su recogida, en Garfella Carsi gestionamos residuos peligrosos en Valencia y ofrecemos contenedores para residuos peligrosos. Si quieres consultarnos tu caso, contacta con nosotros.

Preguntas frecuentes

¿Es obligatorio etiquetar los residuos peligrosos?

Sí. El artículo 21 de la Ley 7/2022 obliga al productor inicial u otro poseedor a etiquetar de forma clara, visible, legible e indeleble los recipientes o envases que contengan residuos peligrosos, al menos en castellano.

¿Hace falta etiqueta si el envase ya lleva la información marcada?

No siempre. La ley indica que no es necesaria una etiqueta cuando sobre el envase aparezcan marcadas de forma clara las inscripciones exigidas para el etiquetado de los envases de residuos peligrosos.

¿Qué hago con las etiquetas antiguas si reutilizo un envase?

Hay que anular las indicaciones o etiquetas anteriores cuando sea necesario, de forma que no induzcan a error sobre el origen y el contenido del envase en ninguna operación posterior del residuo.

¿Quién tiene que etiquetar el residuo, el productor o el gestor?

La obligación de etiquetar los envases en el lugar de producción es del productor inicial u otro poseedor de los residuos, según el artículo 21 de la Ley 7/2022.

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